Convocadas las Ayudas de Prevención de Daños a los Bosques (convocatoria 2017)

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El pasado mes de marzo  se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) la Orden FYM/187/2017, de 10 de marzo, por la que se modifica la Orden FYM/402/2015, de 12 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las Ayudas para la prevención de los daños a los bosques y, ayer, 25 de julio, se publicó la convocatoria de estas ayudas para este año 2017.

Se trata por tanto, de la segunda convocatoria de estas ayudas asociadas al Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 incluida en la Medida 8 «Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques» y, dentro de ésta, en la Submedida 8.3.1 «Infraestructuras de protección frente a incendios y actuaciones sobre la estructura de la vegetación». Esta entrada nace con la idea de proporcionar respuestas concretas sobre las características de éstas ayudas, por lo que si os parece… comenzamos.

¿Cuál es el objetivo de las ayudas?

Lo que persigue la Junta de Castilla y León es mejorar el monte planificando aquellas actuaciones necesarias para prevenir los daños por incendios, desastres naturales y catástofes. Qué tipo de actuaciones están subvencionadas se comentan más adelante, simplemente hay que tener en cuenta que el objetivo principal que persigue la Consejería de Medio Ambiente es la «limpieza» del monte y esto se consigue con el planteamiento de tratamientos selvícolas que reduzcan la continuidad del combustible ante un incendio forestal.

¿Cuáles son los terrenos y qué superficie mínima son necesarias?

En cuanto a los terrenos que pueden ser objeto de éstas ayudas son aquellos que tengan los siguientes usos SIGPAC:

  • Forestal (FO)
  • Pastizal (PS)
  • Pasto arbustivo (PR)
  • Pasto con arbolado (PA)
  • Improductivo (IM)
  • Viales (CA)

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente establece unos requisitos en cuanto a superficie que debemos tener en cuenta, de tal manera que es necesario plantear actuaciones en una superficie mínima de 25 hectáreas, las cuales deben presentar una continuidad de al menos 1 hectárea. A su vez, para aquellas fincas o explotaciones son una superficie superior a 100 hectáreas es requisito imprescindible tener un plan de gestión aprobado y en vigor (si es tú caso pulsa en este enlace para tener más información de qué es un plan de gestión y cómo se hace).

¿Qué tipo de trabajos subvenciona?

Los trabajos que entran en esta convocatoria se especifican en el Anexo I de la Orden y serían los siguientes:

  • Plan de prevención
  • Tratamientos selvícolas:
    • Poda
    • Gradeo
    • Clareo
    • Desbroce
    • Señalamiento de claras
    • Resto de labores de mejora (acordonado y eliminación de restos)
  • Infraestructuras Forestales:
    • Apertura y conservación de cortafuegos
    • Construcción de depósitos
    • Construcción y conservación de pistas forestales (principal y/o secundaria)
    • Instalación de pasos de agua
    • Puntos de agua

¿Qué es un plan de prevención?

Es un documento de gestión donde se recogen las actuaciones preventivas a realizar en el monte durante los 5 próximos años y, como tal, deberá contener la siguiente información lo más detallada posible:

  1. Datos generales de identificación del solicitante, representante y/o redactor del plan.
  2. Caracterización de los terrenos de actuación referidos a sus características físicas, de vegetación, figuras de protección, valores naturales, etc.
  3. Descripción y caracterización de las infraestructuras existentes en la finca.
  4. Descripción de los aprovechamientos realizados en los últimos años y a realizar en los próximos.
  5. Descripción de las mejoras realizadas en los últimos años y a realizar en los próximos.
  6. Programa de actuaciones a realizar, estableciendo su planificación (año a año) y su inversión.
  7. Planos de localización y actuaciones previstas

¿Cuáles son los criterios de valoración?

Como sabéis, la mayoría de este tipo de ayudas, se realizan por concurrencia competitiva, esto es, existen una serie de criterios de valoración que tienen asignados diferentes puntuaciones, cuantos más criterios cumplamos más puntos obtenemos en la solicitud y, por tanto, más posibilidades de ser finalmente beneficiario de la ayuda. Para esta convocatoria no se ha especificado la puntuación mínima a conseguir, entendemos que se mantiene en 5 puntos, que habrá que conseguir sobre los siguientes criterios:

  • Tipo de labor
  • Superficie continua de actuación
  • Procedencia de las explotaciones
  • Señalamiento para la ejecución de claras
  • Planificación de la gestión
  • Certificación forestal
  • Agrupación de titulares
  • Riesgo de Incendios Forestales
  • Pertenencia a una Asociación Forestal de Propietarios Forestales
  • Ubicación de las mejoras
  • Integración laboral de personas con discapacidad

¿Qué importe subvencionan?

Este tipo de ayudas son muy interesantes, puesto que la cuantía total de la subvención por beneficiario se sitúa entre 25.000 y 75.000 € para los 5 años de duración de la ayuda (plan quinquenal). Es decir, de manera anual, estas ayudas podrían aportar una cantidad que varía entre 5.000 € hasta los 15.000 € anuales durante 5 años.

En definitiva…

No se han producido cambios significativos de las bases reguladoras originales, salvo aspectos puramente administrativos y cambios en los criterios de valoración. Sin embargo, esta convocatoria trae aparejado un cambio sustancial en cuanto al presupuesto que asigna la Consejería puesto que duplica el anterior.

Con su entrada en vigor hoy, día 26 de julio de 2017, se comienza el procedimiento para solicitar estas ayudas hasta el día 11 de septiembre de 2017. Desde estas líneas os animamos a poneros en contacto con nosotros para ayudaros a mejorar vuestras explotaciones, visitando vuestras fincas y planificando con vosotros aquellas actuaciones prioritarias que necesitáis para mejorara vuestras explotaciones forestales en los próximos años.

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